Preguntas y respuestas

Para el usuario

¿Puedo utilizar el vale de comida para valores inferiores o superiores al valor nominal?
Sí, pero en cualquier caso no se podrá devolver la diferencia en efectivo. En el caso de uso para cantidades superiores al valor nominal del vale, el usuario podrá abonar el coste adicional.

¿Puedo utilizar el vale de comida en días festivos?
Sí, siempre y cuando sea durante la jornada laboral y se realicen a la hora en el que se desempeñan los turnos de trabajo.

¿Puedo compartir mi vale de comida?
No, los vales de comida son intransmisibles y nominativos. Los vales no son dinero ni tampoco tienen la consideración de medios de pago.

¿Tengo derecho a recibir los vales de comida en caso de baja laboral o en caso de percibir dietas?
No, el uso de los vales está directamente relacionado con la jornada laboral. Sólo se recibirá el vale en función de los días trabajados y siempre y cuando no perciba dietas por su trabajo.

¿Pueden los empleados con contratos de prácticas recibir vales de comida?
Sí, la elección recae exclusivamente sobre el empleador, que financiará el coste total del mismo.

¿En qué tipo de establecimientos pueden utilizarse los vales de comida?
El vale de comida sólo se puede utilizar para el fin al que se destina, para pagar una comida en los establecimientos de hostelería adscritos a la red que gozan de un acuerdo con las empresas emisoras de vales de comida.

¿La tarjeta de comida es lo mismo que el vale de comida?
Sí, la prestación del servicio se puede entregar al empleado o trabajador en soporte papel o tarjeta. En ambos casos tiene las mismas características y cumple las mismas funcionalidades.

Para los empleadores

¿Están obligadas las empresas a ofrecer vales de comida a sus empleados?
Sí, según la ley de comedores aprobada en el año 1938 y todavía vigente en la actualidad, obliga a las empresas de más de 50 trabajadores a habilitar comedores cuando estos disponen de menos de dos horas para comer. El sistema de los vales de comida permite a las empresas seguir cumpliendo con esta obligación sin tener que habilitar un comedor de empresa y además ofrece a los trabajadores la posibilidad de elegir dónde comer.

¿Puede el empleador elegir el valor de los vales de comida?
Sí, sin embargo, sólo estarán exentos de tributación 11 euros al día, y siendo un 30% del salario el máximo que el empleado puede percibir en retribuciones en especie.

¿Cómo pueden adquirir las empresas los vales de comida para sus empleados?
La empresa que quieran ofrecer vales de comida a sus empleados podrá adquirirlos a través de las empresas emisoras de vales que operan en el mercado nacional.

¿Existe un mercado negro de los vales de comida?
No. Las comidas gestionadas por el sistema (cerca de 100 millones cada año en España) son objeto de dos facturas y dos reembolsos, totalmente transparentes y fácilmente controlables. Además el trabajador está obligado a firmar la aceptación de los vales, por lo que existe un mayor control.

Uno de los fines de la Asociación es, precisamente, el control del buen uso de los vales, evitando que se usen indebidamente.

Los casos en los que algún trabajador intenta dar un mal uso a los vales y tarjetas resultan totalmente marginales gracias a la trazabilidad y control sobre el sistema. Los vales y tarjetas de comida representan una herramienta de control y de lucha contra el fraude fiscal y la economía sumergida, dado que toda la facturación derivada de la actividad económica por las características del sistema queda completamente trazada.

Empresas de Restauración asociadas a la Red de Vales de Comida

¿Cuándo caduca el vale de comida?
La validez del vale de comida viene indicada en el mismo soporte.

¿Cómo puede un restaurante convertirse en parte de la red de aceptación de vales de comidas?
Suscribiendo un contrato con la empresa emisora del Vale de Comida, en donde se establecen las condiciones de uso de los vales, su aceptación, el reembolso del dinero al restaurante, etc.

¿Qué valor tiene el vale de comida? ¿Está el restaurador obligado a conservar los vales recibidos por los usuarios?
Sí, el vale de comida es el documento que permite al restaurante demostrar el desempeño del servicio. En función de los vales entregados a los emisores, se abonará el importe a pagar en el acuerdo.

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